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11 enero, 2013

UN NO ROTUNDO AL FRACKING

COMARCAS
No al 'fracking' para conseguir gas
UPA y COAG piden a las administraciones que no autoricen la técnica del 'fracking' en la extracción de gas por los “riesgos” que conlleva   
LEONOTICIAS.COM

Ical       11/01/2013
La Alianza por la Unidad del Campo, integrada por UPA y COAG, reclamó este viernes a las administraciones que no autoricen en Castilla y León el empleo de la técnica del ‘fracking’ o fractura hidráulica para la extracción de gas.

Las dos organizaciones agrarias se mostraron “radicalmente en contra” del uso de una “técnica agresiva en el subsuelo para la ruptura de rocas y piedras a través de una inyección de fluido a elevada presión que, supuestamente, contiene agua, arena y productos químicos”. Este fluido, matizaron en nota de prensa dese la alianza, tiene “una fase de retorno que en parte emerge a la superficie junto al gas permaneciendo en el subsuelo desde donde podría migrar hacia la superficie o hacia los acuíferos”.

UPA y COAG consideraron que “no hay suficiente información y transparencia sobre las repercusiones que puede tener la mezcla de estos componentes químicos”, por lo que “ante el más mínimo riesgo que comporta para la población, el medio ambiente, y por lo tanto para actividades como la agricultura y ganadería no puede permitirse su uso”.

Los agricultores y ganaderos de las zonas en las que se están tramitando las solicitudes de los permisos de investigación se encuentran, en opinión de ambas opas, en “una situación de indefensión”, debido a “la falta de transparencia que rodea estas concesiones y al oscurantismo y poca disposición de las administraciones” para informar sobre los sondeos con profundidades de entre 3.000 y 5.000 metros que se realizan

De igual manera, criticaron la escasez de información sobre la composición exacta de la mezcla de agua y sustancias químicas -ácidos, bioácidos, bactericidas, inhibidores de la corrosión, reductores de fricción, fluidificantes, etc.- que se inyecta en la roca para fracturarla y liberar el gas que teóricamente se encuentra atrapado.

La “aplicación del principio de prudencia que parece imperar en otros países de nuestro entorno” es lo que desde UPA y COAG reclaman a la Junta de Castilla y León para que ésta, en consecuencia, “rechace las autorizaciones a las empresas que pretendan utilizar esta peligrosa técnica en la Comunidad Autónoma”.

FINALIZACIÓN CONCESIONES MINERAS

Junta de castilla y león
Delegación Territorial de León
Servicio Territorial de industria, comercio y Turismo
El Servicio Territorial de Industria, comercio y Turismo de León anuncia que: La Dirección General de Energía y Minas de la Junta de castilla y León, hace saber: Que declara como francos los terrenos afectados por la caducidad de los registros mineros que se relacionan a continuación:

Número Nombre Mineral Superficie Municipios

11487 M.ª Soledad Secc. “D” 100 p. crémenes
11671 agustina Secc. “c” 120 p. Maraña
12057 carmina Secc. “c” 224 p. Maraña
12300 Escarlati Secc. “c” 243 p. Maraña y Puebla de Lillo
13146 María Luisa Secc. “c” 526 p. Maraña y Puebla de Lillo
13197 césar Secc. “c” 655 p. acebedo, Burón y Maraña
13216 aída Secc. “c” 21 p. Maraña y Puebla de Lillo
13237 Las vestales Secc. “c” 10 p. crémenes
13247 claro de Luna Secc. “c” 117 p. Maraña
14069 Inesperada Secc. “D” 108 c. Pedrosa del Rey, Riaño, Prioro y otros
14142 olaja Secc. “D” 20 c. Sabero y cistierna
14199 virgen del Rosario II Secc. “D” 216 c. crémenes y cistierna
14306 carrión Secc. “c” 3000 c. Riaño, Prioro, valderrueda y otros
14777 Porma Secc. “c” 1890 c. cistierna, Boñar, Riaño, Burón y otros
Que en aplicación del artículo 53 de la Ley de Minas, de 21 de julio de 1973, y su concordante el 72 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de septiembre de 1978, se convoca concurso público de los referidos derechos mineros, sobre las superficies francas que resulten registrables siempre en terrenos correspondientes a esta comunidad autónoma, y que además las cuadrículas objeto de aplicación estén incluidas en la provincia de León, o bien que, afecnúmero tando a más de una provincia de la comunidad autónoma, su mayor superficie pertenezca a esta de León, con las siguientes salvedades:
a) La superficie referenciada no implica que toda ella sea franca y registrable para toda clase de recursos.
b) La superficie objeto de solicitud no ha de coincidir necesariamente con la designación del registro caducado.
c) El importe de resguardo acreditativo de la fianza corresponderá al 10% del calculado para el número de cuadrículas solicitadas, y según el baremo contemplado en la vigente orden de la consejería de Hacienda, que actualiza anualmente las tasas propias de la comunidad.
Las solicitudes se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, de 25 de agosto de 1978, y el artículo 11 de la Ley 54/80, de 5 de septiembre, y se presentarán en el Servicio Territorial de Industria, comercio y Turismo de León, avda. Peregrinos, s/n – 1.ª Planta; en horas de atención al público, comprendidas entre las 9 y las 14 horas, en días hábiles, durante el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la presente publicación en el Boletín Oficial del Estado.
La mesa de apertura de solicitudes se constituirá en el Servicio Territorial de Industria, comercio y Turismo de León, a las 11 horas del día siguiente hábil a la expiración del plazo citado, pudiendo asistir cuantas personas físicas y/o jurídicas, o sus representantes, hubieran presentado solicitudes.
En caso de que el día que corresponda efectuar la apertura coincida en sábado, se efectuará ésta el primer día hábil siguiente.
Durante las horas de oficina, obran en el Servicio Territorial de Industria, comercio y Turismo de León, a disposición de los interesados, los datos relativos a la situación geográfica de las cuadrículas mineras objeto del concurso.
León, 7 de noviembre de 2012.- El Director General de Energía y Minas, Ricardo González Mantero.
León, 18 de diciembre de 2012.–El Jefe del Servicio Territorial, Fernando Bandera

ADMINISTRACIÓN LOCAL: JUNTA VECINAL DE CARANDE

Administración local
Juntas vecinales
CARANDE
aprobado definitivamente el Presupuesto General para 2012 de la Junta vecinal de carande, en sesión celebrada el día 21 de octubre de 2012/elevada automáticamente a definitiva la aprobación inicial del Presupuesto general para 2012 de la Junta vecinal de carande, al no haberse presentado reclamaciones en el periodo de exposición pública posterior a su aprobación inicial. a continuación se publica su resumen por capítulos de acuerdo con lo establecido por el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
INGRESOS
Euros
Operaciones no financieras
Operaciones corrientes
capítulo 3.-Tasas, precios públicos y otros ingresos 13.046,99
capítulo 4.-Transferencias corrientes 1.377,00
capítulo 5.-Ingresos patrimoniales 5.692,01
Operaciones de capital
capítulo 7.-Transferencias de capital 10.720,00
Total ingresos 30.836,00
GASTOS
Euros
Operaciones no financieras
Operaciones corrientes
capítulo 1.-Gastos de personal 11.626,00
capítulo 2.-Gastos corrientes en bienes y servicios 7.180,00
capítulo 3.-Gastos financieros 30,00
Operaciones de capital
capítulo 6.-Inversiones reales 12.000,00
Total gastos 30.836,00
Esta aprobación definitiva podrá ser impugnada ante la jurisdicción contencioso administrativa, conforme a lo establecido en los artículos 170 y 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y 22 y 23 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En Riaño, a 27 de diciembre de 2012.–El alcalde Pedáneo, Leoncio Rojo Diez.

ADMINISTRACIÓN LOCAL: AYUNTAMIENTO DE ACEBEDO

Administración local
Ayuntamientos: ACEBEDO

El Pleno de este ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 27 de diciembre de 2012, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar provisionalmente el Presupuesto General Municipal para el ejercicio 2013.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y art. 20 del R.D. 500/1990, de 20 de abril, el Presupuesto junto a su expediente y con el referido acuerdo, estarán expuestos al público en la Secretaría Municipal por plazo de quince días hábiles siguientes al de inserción del presente anuncio en el BOLETíN OFICIAL DE La PROVINCIA, durante los cuales los interesados podrán presentar por escrito reclamaciones, sugerencias, reparos u observaciones que estimen oportunos.
El Presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Acebedo, a 28 de diciembre de 2.012.–El alcalde, Pedro del Blanco Piñan