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11 marzo, 2015

SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES LOCALES PARA FINANCIAR INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS

Subvenciones destinadas a entidades locales para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino (2015)

Fecha de publicación:

10 de marzo de 2015

Objeto:

Convocar, para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones destinadas a entidades locales para financiar actuaciones de mejora de la calidad en las infraestructuras turísticas en destino, con la finalidad de contribuir a la diversificación de la oferta turística, impulsar la puesta en valor de los recursos culturales y artísticos, y mejorar la calidad de los destinos turísticos de Castilla y León, a través del apoyo a las iniciativas desarrolladas por las entidades locales de la Comunidad Autónoma, que estén encaminadas a la creación y mejora de los recursos turísticos.

¿Quién lo puede solicitar?:

Las provincias, los municipios y las entidades locales menores, así como las comarcas, mancomunidades y asociaciones de municipios, y demás entidades previstas en la legislación vigente en materia de régimen local.

¿Para qué es la ayuda?:

Los conceptos y gastos subvencionables figuran en el artículo 3 de la Orden CYT/107/2015, de 13 de febrero (BOCyL 26-02-2015), por la que se establecen las bases reguladoras.

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida a la Consejería de Cultura y Turismo, Dirección General de Turismo, en la que se incluirá declaración responsable del interesado relativa a diferentes extremos. Las solicitudes se acompañarán de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 11 de marzo de 2015 hasta el 25 de marzo de 2015

Más Detalles:

El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Castilla y León”

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:
Electrónico:

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Que resuelve:

Plazo de resolución:

El plazo para resolver y publicar en el Boletín Oficial de Castilla y León la resolución será de 6 MESES, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. El trascurso del citado plazo sin haberse dictado y publicado la resolución, legitima al solicitante para entender DESESTIMADA, por silencio administrativo, su petición.

Notificaciones:

  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

Justificación de las actuaciones objeto de la subvención
  • Hasta el 1 de julio de 2016, inclusive.
  • A estos efectos, se presentará la documentación justificativa que se indica en la orden por la que se establecen las bases reguladoras.
  • Para la remisión de la documentación justificativa podrá utilizarse el formulario para incorporar documentación a un procedimiento administrativo, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/.
  • La memoria de actuación justificativa exigida por el artículo 14.4.a de la orden por la que se establecen las bases reguladoras, se realizará siguiendo el formulario “memoria de actuación justificativa”, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
  •  La memoria económica justificativa exigida por el artículo 14.4.b de la orden por la que se establecen las bases reguladoras, se realizará siguiendo el formulario “certificado de la entidad beneficiaria para la justificación”, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
  • Igualmente, en el plazo señalado en el párrafo 1, los beneficiarios deberán presentar declaración responsable del solicitante de que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y que no mantiene deudas o sanciones de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, siempre que la aportada en el expediente haya rebasado el plazo de validez, según el formulario de “Declaración responsable de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y de no mantener deudas o sanciones de naturaleza tributaria en periodo ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León”, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León: https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

5 comentarios:

Anónimo dijo...


Subvenciones... Estoy harta de tanta subvención.

Anónimo dijo...


Los romanos vinieron de turismo y cortaron las manos a los vadinienses.
No me acaba de gustar eso de vivir del "turismo" que hay en España.
Los extranjeros identifican al país con un/a camarero/a.
Un estereotipo como cualquier otro...

Dejad libertad a las vacas y las ovejas en extensivo. Sin trabas "legales". No hace falta subvencionarlo.
Simplemente, dejadnos en paz.

Anónimo dijo...

Las vacas ya andan en libertad por los huertos de los vecinos.
¡Viva la anarquía!

Anónimo dijo...

No te va a quedar huerto, ya veras... Espera a fin de año.

Anónimo dijo...

Esto es el BOCYL?
O es para que lo lean los alcaldes y los pedaneos?