Educación modifica la orden de los ciclos de la ESO para mantener abierta el aula de Riaño
Modifica una orden de medidas urgentes de racionalización del gasto y establece los requisitos de alumnos y duración del desplazamiento
DIARIODELEON.ES
La
Junta de Castilla y León ha regulado en una orden la continuidad de las
unidades del primer ciclo de ESO (Enseñanza Secundaria Obligatoria) en
los colegios de educación infantil y primaria, después de que retirara
su propuesta de trasladar a cerca de 500 alumnos de primero y segundo
que estudian en 19 centros del medio rural. La nueva orden, que entra en
vigor mañana, prevé que puedan impartir estos estudios hasta el curso
2016-2017, según publica hoy el Boletín Oficial de Castilla y León
(Bocyl).
En ese sentido, la orden de la Consejería de Educación modifica otra de julio del pasado año sobre medidas urgentes de racionalización del gasto, que contenía que el primer ciclo de ESO se mantuviera sólo durante el curso 2012-2013. De esta forma, se establece que aquellos centros de Primaria e Infantil que han impartido primero y segundo de ESO puedan seguir haciéndolo hasta el curso escolar 2016-2017 inclusive, así como aquellos que tenían estas enseñanzas en el curso 2011-2012, siempre que tengan un mínimo de diez alumnos por curso.
No obstante, si carecen de este requisito, la Junta establece que podrán ser autorizados por la Dirección General de Política Educativa Escolar, previo informe favorable de la Dirección Provincial de Educación correspondiente, cuando tengan un mínimo de diez alumnos en primer curso, siete en segundo y la distancia al centro de educación secundaria de referencia conlleve un desplazamiento de duración superior a 45 minutos.
De la misma forma, Educación señala que con independencia de la aplicación de lo establecido, el alumnado que desee cursar primero o segundo de ESO en el centro de educación secundaria al que se encuentre adscrito su colegio, podrá matricularse y cursar las enseñanzas en dicho centro, beneficiándose del servicio de transporte escolar o en su caso del servicio de residencia escolar.
Finalmente, la orden establece que hasta 2017 se posibilitará la transformación de los colegios, que cumplan las condiciones, en centros de educación obligatoria conforme a la normativa que les es aplicable, siempre que exista cobertura presupuestaria y tengan una previsión de un mínimo de 15 alumnos por curso en la etapa de educación secundaria obligatoria.
En ese sentido, la orden de la Consejería de Educación modifica otra de julio del pasado año sobre medidas urgentes de racionalización del gasto, que contenía que el primer ciclo de ESO se mantuviera sólo durante el curso 2012-2013. De esta forma, se establece que aquellos centros de Primaria e Infantil que han impartido primero y segundo de ESO puedan seguir haciéndolo hasta el curso escolar 2016-2017 inclusive, así como aquellos que tenían estas enseñanzas en el curso 2011-2012, siempre que tengan un mínimo de diez alumnos por curso.
No obstante, si carecen de este requisito, la Junta establece que podrán ser autorizados por la Dirección General de Política Educativa Escolar, previo informe favorable de la Dirección Provincial de Educación correspondiente, cuando tengan un mínimo de diez alumnos en primer curso, siete en segundo y la distancia al centro de educación secundaria de referencia conlleve un desplazamiento de duración superior a 45 minutos.
De la misma forma, Educación señala que con independencia de la aplicación de lo establecido, el alumnado que desee cursar primero o segundo de ESO en el centro de educación secundaria al que se encuentre adscrito su colegio, podrá matricularse y cursar las enseñanzas en dicho centro, beneficiándose del servicio de transporte escolar o en su caso del servicio de residencia escolar.
Finalmente, la orden establece que hasta 2017 se posibilitará la transformación de los colegios, que cumplan las condiciones, en centros de educación obligatoria conforme a la normativa que les es aplicable, siempre que exista cobertura presupuestaria y tengan una previsión de un mínimo de 15 alumnos por curso en la etapa de educación secundaria obligatoria.