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02 abril, 2008

PRIMER NO A LA ESTACIÓN DE ESQUI DE SAN GLORIO

Riaño 2-4-2008
El Pais 2-4-2008
La justicia veta una estación de esquí al ser inviable con el cambio de clima
El Tribunal de Castilla y León tumba el plan de la Junta para construir San Glorio
RAFAEL MÉNDEZ - Madrid - 02/04/2008

La estación de esquí de San Glorio, proyectada en parte sobre un parque natural entre Palencia, León y Cantabria, no podrá ser construida. No como está diseñada. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha anulado el plan de la Junta, del PP, que en 2006 permitió esquiar pese a ser un espacio protegido. La sentencia admite que, como señalan los informes científicos, "es muy dudosa la viabilidad económica" de la estación "por el cambio climático". La sentencia, pionera en reconocer el cambio climático, da la razón a la Asociación para la Defensa de los Recursos Naturales de Cantabria (Arca) y habrá fallos similares a recursos de la Sociedad Española de Ornitología, WWF/Adena, Fundación Oso Pardo, Fapas y Plataforma en Defensa de San Glorio.
En 1999, la Junta de Castilla y León declaró el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina. El Plan de Ordenación del espacio prohibía cualquier estación de esquí alpino. La zona alberga una de las dos únicas poblaciones de oso pardo que quedan en España, entre otras especies protegidas. Pero en 2004, la empresa Tres Provincias apareció con un plan para construir una estación de esquí que tendría una parte sobre el espacio protegido. Al calor de la estación surgieron planes urbanísticos para construir miles de viviendas.
En 2006, la Junta de Castilla y León modificó el plan de ordenación del parque natural para permitir la estación de esquí y estimular el "desarrollo socioeconómico". El Ejecutivo autonómico apostó fuerte por esta estación y prepara una ley para ampararlo. Los ecologistas recurrieron al considerar que era "un escándalo que la Junta se dedicase a degradar un espacio natural y defendiera los intereses de una empresa", como explica Gonzalo Canales, de Arca. Aportaron informes científicos de la Universidad de León, Salamanca y del Consejo Superior de Investigaciones Científicas que critican el proyecto y en particular el impacto que tendría sobre los osos pardos.
La sentencia, de la que ha sido ponente Ana Martínez Olalla, destaca que la Junta permitió el esquí "sin un informe técnico o científico" que justifique el cambio y recuerda que en los parques naturales el desarrollo económico "es un objetivo básico, pero no prioritario".
La sala da por acreditado que una estación de esquí es "incompatible" con "la supervivencia de algunas de las especies y vegetación allí existente", y que por eso la Junta la prohibió en 1998.
Además, considera probado que "es muy dudosa la viabilidad económica de una estación de esquí en ese espacio natural por los cambios climáticos que se están produciendo y por las circunstancias físicas que concurren en él". Esta es probablemente la primera vez que un tribunal admite el cambio climático y sus impactos al considerar la viabilidad de una infraestructura.
"El medio ambiente no es una abstracción, sino el espacio donde viven los seres humanos del que dependen su calidad de vida y su salud, incluso para generaciones futuras", afirma el fallo, de 25 folios y carga ecologista.
El tribunal afirma que la Junta, al rebajar la protección del espacio natural sin justificarlo, vulneró "flagrantemente" el plan de ordenación y que infringió la Ley autonómica de Espacios Naturales, la Ley estatal de Conservación y la normativa europea sobre la Red Natura 2000.
Revista Comarcal

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