AYUNTAMIENTOS
BOCA DE HUÉRGANO
El Pleno de la corporación Municipal, en sesión del 21-X-2013, aprobó, con carácter provisional, la modificación del artículo 4º de la ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, que pasa a tener la siguiente redacción:
Las tarifas aplicables serán las siguientes:
- Tasa anual del Servicio de alcantarillado y Depuración, por cada acometida: viviendas y casas Rurales, 50 €; Bares, 70 €; Bar-Restaurantes, 80 €; albergue sin Bar, 70 €; albergue con Bar, 100 €; Posada-Bar-Restaurante, 120 €; Fábrica de Quesos artesanal, 100 €; Fábrica de Quesos Industrial, 250 €; hoteles, 160 €; Talleres y pequeñas Naves Industriales, 50 €.
Dichas modificaciones se someten a información pública, de conformidad con lo que dispone el R. D. L. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el T. R. de la Ley Reguladora de las haciendas Locales, durante el plazo de 30 días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. De no presentarse ninguna, resultarán definitivas, de modo automático, sin necesidad de nuevo acuerdo corporativo.
Boca de huérgano, 6 de Noviembre de 2013–EL ALCALDE, Tomás de la Sierra González.
El Pleno de la corporación Municipal, en sesión del 21-X-2013, aprobó, con carácter provisional, la modificación del artículo 4º de la ordenanza fiscal reguladora de la TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO, que pasa a tener la siguiente redacción:
Las tarifas aplicables serán las siguientes:
- Tasa anual del Servicio de alcantarillado y Depuración, por cada acometida: viviendas y casas Rurales, 50 €; Bares, 70 €; Bar-Restaurantes, 80 €; albergue sin Bar, 70 €; albergue con Bar, 100 €; Posada-Bar-Restaurante, 120 €; Fábrica de Quesos artesanal, 100 €; Fábrica de Quesos Industrial, 250 €; hoteles, 160 €; Talleres y pequeñas Naves Industriales, 50 €.
Dichas modificaciones se someten a información pública, de conformidad con lo que dispone el R. D. L. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el T. R. de la Ley Reguladora de las haciendas Locales, durante el plazo de 30 días, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas. De no presentarse ninguna, resultarán definitivas, de modo automático, sin necesidad de nuevo acuerdo corporativo.
Boca de huérgano, 6 de Noviembre de 2013–EL ALCALDE, Tomás de la Sierra González.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León
1 comentario:
La alcantarilla del Sr. Alcalde...
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