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02 marzo, 2009

LA CUERDA CON BOLAS O EL ROSARIO DE LA AURORA


Que el PSOE tuviera una idea, Sen, ya resultaba sospechoso, pero como a todo hijo de vecino tenía y tiene pleno derecho a la presunción de inocencia, además cabía la posibilidad de que ésta hasta fuera interesante. Así de la noche a la mañana el Diputado Provincial tira su cuerda y a ver quien se engancha, al final le ha salido un rosario. No se si los costes de la elaboración de semejante útil los paga “Tres Provincias” (Asturias-León-Palencia), supongo que no, no les ha salido bien y los asistentes no han firmado, ni tan siquiera acordado, una manifestación en la que participen los representantes públicos de los municipios integrados en la futura Montaña Cantábrica Central pidiendo a gritos el paso de una Línea de Alta Tensión para alimentar al “Oso” de San Glorio, porque, digo yo que no será a velas, ni con molinos de viento, ni con paneles solares. 
En cuanto a la reunión propiamente dicha, yo al menos me quedo perplejo, que digo yo que también tendré algún derecho, señores políticos y otros agentes sociales, pidan ustedes el PRUG del Parque Regional Picos de Europa, ese que debería estar listo desde 1995, porque tras su aprobación hay que desarrollar el Plan de Desarrollo Sostenible del Espacio Natural, y en él tienen cabida todas sus demandas. Para esto no hace falta hacer un rosario, con leer y releer la sentencia del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON, procedimiento ordinario 0000858 /2006 es suficiente.
Miguel A. Valladares Álvarez


6 comentarios:

Anónimo dijo...

Pues ese es el tema Miguel, pedimos todo menos aquello que tienen obligación jurídica de darnos, de todas maneras hay que valorar la iniciativa de Nico, porque los del otro lado no han presentado una sola propuesta en 25 años, no solo no la han presentado, el impresentable de Lillo fue más allá y no nos permitió o otros presentarlas, en fin. Que Dios nos de suerte.

Anónimo dijo...

Bueno esto ya es la leche, lo que acabo de encontrar, hasta en las DOT dice lo mismo que nosotros. Mira mira Miguelín, que ostia meten aquí los redactores de las DOT a la Junta:

Sección 3º. La Gestión de los Espacios Naturales

Subsección 1:
"Además los problemas existentes en el Parque Regional de Picos de Europa acerca de el PRUG, dan lugar a que, al no existir zonificación, las áreas de protección máxima, como es la situación del Pinar de Lillo, sigan absolutamente desprotegidas desde la anulación del título V del PORN, donde se establecía como preceptivo la zonificación, y no haya donde aplicar la normativa específica, por lo que toda un área Natura 2000 se gestiona con la inconcreta y poco precisa normativa establecida en el PORN, que se tiene en cuanta en escasas ocasiones".
Ja, ja, cuanto más indago más me divierto ¡Son unas DOT PUNKIS!

Anónimo dijo...

Prioro, desde GEDEMOL vamos a tener que meterles una demanda por plagio, ese punto lo han copiado casi palabra por palabra de un artículo sobre la situación legal del Parque que publicamos a primeros de año:


Zonificación


El Titulo V de Plan de Ordenación de Recursos Naturales, establecía como es preceptivo y necesario, la zonificación del espacio natural. La zonificación es una técnica de planificación del territorio, que se emplea como método para resolver los conflictos que plantea el uso del espacio. En el caso concreto de las áreas naturales, se realiza para intentar compatibilizar la conservación de los recursos naturales, con el uso y disfrute público y con los usos y aprovechamientos que se llevan a cabo y por tanto vital para su correcta gestión.
A tal efecto se establecieron zonas de reserva, uso limitado, uso compatible y uso general cada una de ellas con una normativa específica para adaptarse a los valores naturales que poseía.
La Asociación para el Estudio y Protección de la Naturaleza " Urz", presento un recurso ante el Tribuna Superior de Justicia de Castilla y León denunciando que la Zonificación no podía incluirse en el PORN como se había hecho y que había que hacerlo en el PRUG del Parque, con la esperanza de que este hecho reactivará la aprobación de dicho documento.
El Tribunal anuló dicho Titulo V, y dictó que debía incluirse en el nuevo PRUG, hoy en día 11 años después el Parque sigue sin zonificación, aquellas áreas de protección máxima como Pardomino, Pinar de Lillo u Hormas siguen absolutamente desprotegidas desde entonces por la desidia de la administración autonómica.
Es más, dado que no existe zonificación, no hay en donde aplicar la normativa específica del Parque Regional, la más severa y restrictiva, y en la actualidad todo un área Natura 2000 se gestiona únicamente con la vaga y poco precisa normativa general que se establece en el PORN, que además casi nunca se cumple.
De esta manera lo único que nos queda es un Parque Regional sin capacidad de gestión, y sin regulación, un "ente" que atrae subvenciones para ser utilizadas en otros campos que no tienen que ver nada con sus fines, haciendo que prevalezcan los usos del Parque a los objetivos que se establecieron tras su declaración.

Anónimo dijo...

Pues mirad esta, otro palo gordoa la administración:

SUBSECCIÓN 2: Gestión de los Espacios de la –Red Natura 2000

"En cualquier caso, el desarrollo del marco de protección establecido en las Directivas 79/409/CEE y Directiva 92/43/CEE, pese a los años transcurridos desde su declaración, aun presenta numerosas dudas y una clara falta de experimentación real. Queda patente el desconocimiento actual en relaciona las implicaciones, las repercusiones, la articulación de posibles regulaciones y procedimientos, etc. No solo entre los técnicos, propietarios y promotores privados, sino también en las propias instancias de la Administración".
Ole y ole!!!!!!!!!!!1 Lo que os digo: unas DOT Punkis y antisistema.

Anónimo dijo...

Aquí tenéis el meollo de la cuestión, de nuevo, nos han tomado el pelo;



Articulo 58. UGP Montaña de Palencia


3. Las directrices para la conservación de los valores paisajísticos de esta U.P. son las siguientes, si bien teniendo siempre presente que la mayor parte de la unidad está regulada por el PORN del Parque Natural Fuentes Carrionas y Fuente Cobre – Montaña Palentina, el cual prevalece en todo momento sobre las presentes directrices de aplicación básica.

Anónimo dijo...

y CON ESTO PUNTO FINAL: LLEVAN 10 AÑOS TOMÁNDONOS EL PELO.


2. Por su capacidad de invertir el proceso de pérdida de pulso socioeconómico, se considera de interés público -siempre que el balance global sea positivo- y estas directrices asumen como una posibilidad estratégica para el ámbito de la Montaña Central Cantábrica, el desarrollo de instalaciones, construcciones e infraestructuras, TODO ELLO SIN PERJUICIO DE LAS LIMITACIONES DE USOS QUE PUEDAN EXISTIR EN LOS DOCUMENTOS DE GESTIÓN EN VIGOR DE LOS ESPACIOS AFECTADOS.