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La Junta Electoral impide proclamar a un candidato leonés del PP por ser juez
06-06-2011 / 20:00 h
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=841559
La Junta Electoral Central ha resuelto además que, por este motivo, se debe proclamar al siguiente de la misma candidatura, según la resolución de este órgano a la que ha tenido hoy acceso EFE.
El PSOE había impugnado ante la Junta Electoral de Zona de Cistierna (León) la candidatura del número 2 de la lista del PP en Boca de Huérgano, Francisco Javier Pellón, ya que consideraba que el hecho de ser juez de paz hacía que fuera un candidato inelegible.
La Junta Electoral de Zona de Cistierna se declaró incompetente para resolver la impugnación, y lo elevó a la Junta Electoral Central.
Este último órgano recuerda en su resolución que los jueces de paz son inelegibles de conformidad salvo que renuncien al cargo judicial.
La Junta Electoral ha recordado además que, en su sesión de 29 de enero de 1996, se acordó que la inelegibilidad afecta a todo el que ostente alguno de los cargos inelegibles a partir de las cero horas del día en que la entidad política de que forma parte presenta la candidatura y por lo tanto para que sea válida su candidatura debe renunciar a su cargo antes.
Además, ha recordado una sentencia del Tribunal Constitucional, en virtud de la cual a las Juntas Electorales les es exigible que, una vez acreditada la causa de incapacidad electoral, la hagan valer.
La Junta Electoral Central ha recordado que contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-electoral.
En Boca de Huérgano, un municipio de la Montaña Oriental Leonesa, el PP sacó 5 concejales, frente al PSOE y UPL, que tuvieron uno cada uno.
En total votaron 388 personas, y el 61,68 por ciento de los votos los obtuvo el PP, frente al 22,36 por ciento el PSOE, y 13,32 por ciento la UPL. EFE
La Junta Electoral impide proclamar a un candidato leonés del PP por ser juez
06-06-2011 / 20:00 h
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=841559
La Junta Electoral Central ha resuelto además que, por este motivo, se debe proclamar al siguiente de la misma candidatura, según la resolución de este órgano a la que ha tenido hoy acceso EFE.
El PSOE había impugnado ante la Junta Electoral de Zona de Cistierna (León) la candidatura del número 2 de la lista del PP en Boca de Huérgano, Francisco Javier Pellón, ya que consideraba que el hecho de ser juez de paz hacía que fuera un candidato inelegible.
La Junta Electoral de Zona de Cistierna se declaró incompetente para resolver la impugnación, y lo elevó a la Junta Electoral Central.
Este último órgano recuerda en su resolución que los jueces de paz son inelegibles de conformidad salvo que renuncien al cargo judicial.
La Junta Electoral ha recordado además que, en su sesión de 29 de enero de 1996, se acordó que la inelegibilidad afecta a todo el que ostente alguno de los cargos inelegibles a partir de las cero horas del día en que la entidad política de que forma parte presenta la candidatura y por lo tanto para que sea válida su candidatura debe renunciar a su cargo antes.
Además, ha recordado una sentencia del Tribunal Constitucional, en virtud de la cual a las Juntas Electorales les es exigible que, una vez acreditada la causa de incapacidad electoral, la hagan valer.
La Junta Electoral Central ha recordado que contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-electoral.
En Boca de Huérgano, un municipio de la Montaña Oriental Leonesa, el PP sacó 5 concejales, frente al PSOE y UPL, que tuvieron uno cada uno.
En total votaron 388 personas, y el 61,68 por ciento de los votos los obtuvo el PP, frente al 22,36 por ciento el PSOE, y 13,32 por ciento la UPL. EFE
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